Naturaleza y Objetivo
Se crea el Sistema de Agua Potable del Municipio de Xochitepec, Morelos; como Organismo Municipal con personalidad juridica y patrimonio propio con funciones de autoridad administrativa,
mediante el ejercicio de las atribuciones que establece la Ley Estatal de Agua Potable.
Este organismo se incorpora al Sistema de Agua Potable y Saneamiento de Agua del Estado en términos del convenio de coordinación celebrado entre la Secretaria de Desarrollo Ambiental y el H. Ayuntamiento de Xochitepec.
Objetivo
El organismo operador municipal tiene por objeto prestar, y administrar los servicios públicos de agua potable y saneamiento de agua en el Municipio de Xochitepec.
Obligaciones
El organismo operador municipal tendra a su cargo:
-
I.- Planear y programar en el ámbito del Municipio de Xochitepec, asi como estudiar, ampliar operar, administrar y mejorar, tanto los sistemas de captación y conservación de agua,
potabilización, conducción, almacenamiento y distribución de agua potable como los Sistemas de Saneamiento, Tratamiento de Aguas Residuales, rehuso de las mismas y manejo de lodos;
-
II.- Proporcionar a los centros de población y asentamientos humanos de la jurisdicción del Municipio de Xochitepec, los servicios descritos en la fraccion anterior en los términos
de los convenios y contratos que para el efecto se celebren;
-
III.- Formular y mantener actualizado el padron de los usuariosyde los servicios a su cargo;
-
IV.- Aplicar las cuotas o tarifas a los usuarios por los servicios de agua potable, tratamiento, saneamientos y manejo de lodos, así como aplicar el procedimiento administrativo
de ejecución fiscal sobre los crédítos fiscales derivados de los derechos por los servicios de agua potable, su conservación y saneamiento;
-
V.- Ordenar y ejecutar la suspención del servicio previa su limitación en el caso del uso doméstico, por falta reiterada de pago; asi como en los demas casos que se señalan en la ley de la materia;
-
VI.- Elaborar los estudios necesarios que fundamenten y permitan la fijación de cuotas y tarifas apropiadas para el cobro de servicios. En las reuniones que tengan este propósito podrán invitarse
a los representantes del Poder Legislativo en el Estado; en estos casos el o los legisladores tendrán derecho de voz pero no de voto.
-
VII.- Realizar las gestiones que sean necesarias a fin de obtener los financiamientos que se requieran para la completa prestación de servicios en los términos de la legislación aplicable;
-
VIII.- Solicitar cuando las circunstancias asi lo exijan a las autoridades competentes la expropiación ocupación temporal, total o parcial de bienes, o limitaciones de dominio en los términos. de la ley;
-
IX.- Constituir y manejar fondos de reserva para la rehabilitación, ampliación y mejoramiento de los sistemas a su cargo, para la reposición de sus activos fijos y para los servicios de su deuda;
-
X.- Apoyar tecnicamente y fijar sobre las bases establecidas por el Congreso del Estado, las cuotas o tarifas, cuando de conformidad con la Ley Estatal de Agua Potable,
se permitan o autoricen a particulares la conducción, distribución, agua potable, embasamiento o transporte de agua para servicio público. La determinación de las tarifas o cuotas
y el procedimiento previo para fijarlas se hará conforme a lo previsto en el articulo cuarto capítulo III, de la Ley Estatal de Agua Potable.
-
XI.- Realizar por si o por terceros, las obras para agua potable del Municipio de Xochitepec y recibir las que se construyan en la misma jurisdicción;
-
XII.- Celebrar con personas de los sectores público, social o privado, los convenios o contratos necesarios para el cumplimiento total
o parcial de sus atribuciones enlos terminos que prescribe la Ley Estatal de Agua Potable y los demas ordenamientos aplicables;
-
XIII.- Cubrir oportunamente las atribuciones, derechos, aprovechamiento y productos federales en materia de agua que establezca la legislación fiscal aplicable;
-
XIV.- Aprobar los programas y presupuestos anuales de prestación delos servicios;
-
XV.- Desarrollar programas de capacitación y adiestramiento para su personal;
-
XVI.- Formular y mantener actualizado el inventario de bienes y recursos que integran el patrimonio afecto a los servicios a que se refiere la ley de la materia;
-
XVII.- Promover los programas de agua potable y de uso racional del vital liquido;
-
XVIII.- Resolver los recursos y demás medios de información interpuestos en contra de sus actos o, resoluciones;
-
XIX.- inspeccionar, verificar y, en su caso, aplicar las sanciones que establezca la ley de la materia;
-
XX.- Utilizar todos los ingresos que recaude, obtenga o reciba de los servicios públicos de consenvación, agua potable y saneamiento de agua, a los mismos servicios, los que en ningún caso podrán ser destinados a otro fin;
-
XXI.- Otorgar los permisos de descarga de aguas residuales a los sistemas de drenaje o alcantarillado en los terminos de la ley;
-
XXII.- Realizar todas las sanciones que se requieran directa o indirectamente para el cumplimiento de sus objetivos;
-
XXIII.- Informar mensualmente al H. Ayuntamiento respecto a los programas que lleva acabo en el cumplimiento de sus objetivos;
-
XXIV.- Informar al H. Ayuntamiento para su incorporación en la cuenta pública de cada ejercicio fiscal, el estado financiero que guarda dicho organismo derivado de la administracion de la construcción, operación,
conservación y saneamiento de agua potable, bien sea que la realice por sí mismo o por conducto de organismos, dependencias del Ejecutivo Estatal o concesionarios;
-
XXV.- Dictaminar previa ,supervisión sobre los proyectos de factibilidad de agua potable y saneamiento en los fraccionamientos, condominios, conjuntos habitacionales
y plazas comerciales que se pretendan construir dentro de la jurisdicción;
-
XXVI.- Supervisar y autorizar laconstrucción de la infraestructura , hidraulica. En los fraccionamientos, condominios, conjuntos habitacionales y plazas comerciales que se pretendan construir dentro de la jurisdicción;
-
XXVII.- Someter a consideración de la Junta de Gobierno la recepción ,de las fuentes de abastecimiento, redes de distribución, tanques de almacenamiento de fraccionamientos, condominios, conjuntos habitacionales
y plazas comerciales, así como el padrón de usuarios actualizado y al corriente de pago previo dictamen tecnico y administrativo del sistema operador;
-
XXVIII.- Efectuar, previo programa, análisis bacteriológico y fisioquimico que garanticen la calidad del agua que abastece;
-
XXIX.- Informar con, oportunidad a los usuarios por medios adecuados cuando por reparaciones preventivas y correctivas tenga que suspenderse temporalmente la prestación del servicio, procurando sea lo más breve posible y;
-
XXX.- Las demas que señala la Ley Estatal de Agua Potable y otras disposiciones legales aplicables.